1. Introducción. -- 2. Una relectura sobre la clásica relación entre proceso y constitución. -- 3. Transición hacia la perspectiva constitucional del proceso. -- 4. Del deber de tutela a los derechos fundamentales a la teoría de la tutela jurisdiccional de los derechos. -- 5. El derecho de acción como manifestación de la una tutela jurisdiccional adecuada. -- 6. Conclusiones.
El presente ensayo ofrece una base teórica posible y verificable para afirmar lo que se denomina como el cuarto paradigma procesal, correspondiente a la perspectiva constitucional del proceso civil o a la constitucionalización del proceso civil, como superación de sus anteriores etapas clásica e instrumentalista. Para ello, a través del método interdisciplinario, la investigación se vale del derecho constitucional, de la interpretación jurídica y del derecho procesal para remodelar las bases teóricas del proceso civil y otorgarle un valor constitucionalizado a través del reconocimiento de los derechos fundamentales procesales como normas de directa aplicación conteniendo mandatos de optimización. Si de constitucionalizar el proceso civil se trata, el ensayo, entonces, no solo busca el tránsito seguro por el recuento de las así llamadas garantías procesales. Por el contrario, el método funcional o de utilidad aplicado al mismo impone que el aporte pase por reconocerle al juez del Estado Constitucional el deber de tutela judicial incluso de los mismos derechos procesales fundamentales frente al defecto o ausencia de reglas que debiesen implementar y densificar el principio de tutela jurisdiccional efectiva.