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¿La obligación de reportar operaciones sospechosas en el Perú debe alcanzar a las organizaciones políticas?

Por: Tipo de material: Recurso continuoRecurso continuoIdioma: Español Descripción: páginas: 65 - 68Tema(s): En: Administración pública & controlResumen: La autora comenta acerca de la modificación recaída en la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú referida a la no inclusión, de manera expresa, de las organizaciones políticas en la lista de entidades que tienen la obligación informar aquellas operaciones que se realizan con relación a activos.
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Publicaciones periódicas Publicaciones periódicas Biblioteca Escuela Nacional de Control Hemerográfica REV APC No 53 (MAY 2018) 1 Disponible R000042

Incluye referencias bibliográficas.

La autora comenta acerca de la modificación recaída en la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú referida a la no inclusión, de manera expresa, de las organizaciones políticas en la lista de entidades que tienen la obligación informar aquellas operaciones que se realizan con relación a activos.

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